Micelio
Auto9 de mayo de 2018

A- de 2018

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Lucas Ronaldo Coronel Mendoza

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Competencia del superior funcional
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 22 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá y el Juzgado 2º Penal de Circuito con Función de Conocimiento de la misma ciudad.

La controversia se generó en torno a la competencia para resolver la impugnación formulada contra el fallo proferido por el Juzgado 21 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá.

Considera la Corte que el Juzgado Civil, dada su categoría y especialidad jurisdiccional es el llamado a pronunciarse sobre la apelación aludida.

Se dispone enviar el expediente a dicha autoridad para que de manera inmediata tramite y profiera la decisión de fondo que corresponda.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 29 de enero de 2018 proferido por el Juzgado 22 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, mediante el cual se abstuvo de conocer de la acción de tutela formulada por el ciudadano Lucas Ronaldo Coronel Mendoza en contra de Salud Total EPS.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-3302 al Juzgado 22 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, para que, de manera inmediata, tramite y profiera decisión de fondo respecto de la impugnación interpuesta por el ciudadano Lucas Ronaldo Coronel Mendoza frente a la sentencia del 12 de enero de 2018, dictada por el Juzgado 21 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá.
  3. Tercero. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR a las partes y al Juzgado 2º Penal del Circuito para Adolescentes con Función de Conocimiento de Bogotá, la decisión adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónAlberto Rojas Ríos
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.